10/05/20
El Consejo de Órdenes y Colegio de Abogados del MERCOSUR (COADEM), integrado por la Orden de Abogados del Brasil (OAB), la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), el Colegio de Abogados del Paraguay (CAP) y el Colegio de Abogados del Uruguay (CAU), DECLARAN:
1. La pandemia provocada por el COVID 19 ha causado en los países al que pertenecen las instituciones que integran el COADEM la adopción por los gobiernos de medidas sanitarias que, entre otras consecuencias, suponen una fuerte restricción en el funcionamiento del sistema judicial.
2. Sin perjuicio de reconocer que el funcionamiento del servicio de justicia debe darse en un contexto de prevención y responsabilidad ante los riesgos que genera la pandemia, la fuerte restricción que ha sufrido implica que un Poder del Estado, ya sea temporalmente, ha dejado de funcionar en los hechos.
3. Ello significa que quienes habían recurrido al Poder Judicial para obtener el amparo de sus derechos o quienes tenían necesidad de hacerlo, se vieron o se ven privados de ejercerlos. Asimismo, los abogados quedaron impedidos de prestar la asistencia que requiere el cabal ejercicio de la defensa, una de las piedras angulares del debido proceso y, consecuentemente, de la configuración del Estado de Derecho.
4. El COADEM considera que la radical restricción en el ejercicio de la función de los Poderes Judiciales de la región ha significado una grave carencia que, unida a las limitaciones funcionales que han sufrido los Poderes Legislativos, ha puesto a prueba la fortaleza de nuestras democracias ante el riesgo de una concentración de poder en los órganos ejecutivos.
5. Lo expresado pone en evidencia, además del objetivo menoscabo de las funciones legislativa y jurisdiccional, la existencia de una grave depreciación de la percepción que tiene el conjunto de la sociedad sobre la indiscutible esencialidad del servicio de justicia.
6. Ante esa comprobación, las organizaciones de abogados del MERCOSUR exhortan a las autoridades y a la población en general a evitar ese menoscabo y, en cambio, a contribuir activamente a que se valore adecuadamente a los Poderes Judiciales de cada país y a la necesidad del ejercicio del derecho de defensa.
7. Asimismo, exhortan a los Poderes Judiciales de nuestros países a asumir la responsabilidad de transmitir, con su voluntad de ejercicio irrenunciable de sus funciones, la importancia de su tarea a fin de asegurar el funcionamiento de nuestras democracias y la plena vigencia del Estado de Derecho en esta parte del mundo.
30 de abril de 2020.
Dr. Bernardino Real Dr. Ricardo de Felipe Dr. Jorge Abramo
Presidente Vicepresidente Secretario
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